Aún tienes dudas sobre cómo el Acuerdo de París afecta al sector privado? Lo explicamos todo en este artículo.
Sobre el Acuerdo de París
Se trata de un acuerdo dentro del marco de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático que establece medidas para la reducción de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) a través de la mitigación, adaptación y resiliencia. Establece como principales objetivos:
- Limitar el calentamiento Global a 2ºC y lo más cercano a 1’5ºC reduciendo las emisiones de Gases de efecto invernadero (GEI).
- Aumentar la capacidad de los países de adaptarse a los efectos del cambio climático y construir sociedades resilientes, es decir, que puedan resistir esos efectos.
- Promover la transición hacia economías bajas en carbono y hacia el desarrollo sostenible.
Junto con la Agenda 2030 proyecta un visión integrada hacía un mundo sostenible, centrado en el bienestar de las personas, la preservación del Planeta y la paz.
Su entrada en vigor supone una transformación estructural profunda en nuestra sociedad. Sin embargo, la acción climática no depende solamente de los Gobiernos sino que es deber de los ciudadanos, instituciones financieras y sector privado.
¿Cuánto puede contribuir el sector empresarial al Acuerdo de París?
Según el informe de la Coalición We Mean Business, el compromiso de las empresas de todo el mundo supondría hasta un 60% de la reducción de GEI del total establecido en el Acuerdo de París. Esto representa una reducción para el 2030 de 3.700 mil millones de toneladas métricas de C02 por año.
Compensación de emisiones de CO2
Para alcanzar el objetivo de reducción de emisiones se establece un Régimen de comercio de derechos de emisión GEI por el que las empresas contaminantes tienen la obligación de compensar las emisiones derivadas de su actividad mediante la compra de créditos de carbono a desarrolladores de proyectos de reducción de emisiones GEI tales como, plantas recicladoras, proyectos de energías renovables, proyectos forestales, de eficiencia energética, etc. Las reglas sobre el comercio del derecho de emisiones entre los países signatarios se encuentran en el Artículo 6 del Acuerdo de París, que se quedó mas claro después de la COP26.
Actualmente existen medidas regulatorias de obligado cumplimiento para que las empresas logren, progresivamente, establecer políticas medioambientales relacionadas con el cambio climático.
Marco regulatorio
En España, el 7 de diciembre de 2018 se aprobó el Plan de Contratación Pública Ecológica de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social (2018–2025).
Dicho plan establece que todas las empresas contratadas para la ejecución de obras públicas deberán contar con sistemas de calidad homologados que puedan contribuir a lograr una mejor sostenibilidad ambiental.Los Gobiernos se comprometieron a través del Acuerdo de París a reducir a cero sus emisiones de 2020 a 2050, y ello implica que, medidas como la anterior, se irán implementado en los diferentes sectores para empujar a las empresas del sector privado a adoptar políticas medioambientales relacionadas con el cambio climático, la utilización de los recursos y la producción y el consumo sostenibles.
En Septiembre de 2021 entró en vigor también en el Reino Unido el procedimiento para incluir los criterios ambientales en las ofertas al gobierno inglés en contratos superiores a 5 millones de libras.
Objetivos de Desarrollo Sostenible
Otro conjunto de reglas definidas por la cooperación internacional para hacer el mundo más sostenible y equitativo son los Objetivos de Desarrollo Sostenible, que también tienen que ser integrados en los negocios.
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